PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, DEL SERVICIO DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DEL IV PLAN DE CONCIENCIACIÓN MEDIOAMBIENTAL 2015-2016
1ª. JUSTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
En cumplimiento de lo previsto en la cláusula número 23 de las “Instrucciones que rigen la adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada de la Sociedad Provincial de Desarrollo de Valladolid, S.A.“ el procedimiento negociado sin publicidad se justifica por ser la cuantía del contrato, IVA excluido, inferior a 60.000 euros.
2ª. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es el servicio de programación y ejecución del IV Plan de concienciación medioambiental 2015-2016, en el C.I.N. de MATALLANA.
La empresa deberá presentar una programación de acuerdo con los objetivos generales de conocer el medio natural de nuestra provincia y de aprender a cuidar nuestro medio como una forma de conseguir una vida saludable, fijados en el IV Plan de concienciación medioambiental y siguiendo el programa general facilitado por la sociedad.
En los talleres y las actividades que se propongan se deberá indicar:
§ Los objetivos específicos que se pretenden conseguir.
§ Cómo se va a realizar, en qué consiste, los medios a utilizar etc.
§ El grado de consecución de los objetivos de acuerdo con los indicadores utilizados para medir dichos logros.
SODEVA pone a disposición de la empresa los recursos disponibles para la buena consecución del plan.
El servicio se prestará en 52 jornadas, de dos días y medio cada una, con un número máximo de 36 niñ@s/jornada, de lunes a miércoles o de miércoles a viernes, el primer día la hora de entrada al centro será las 10:00h y la salida el último día a las 15:00h.
3ª. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
3.1 El contrato, que tiene carácter privado y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige en su preparación y adjudicación por el presente pliego de condiciones particulares y en lo previsto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), y no está sujeto a regulación armonizada por no alcanzar su valor el umbral a que se refiere el artículo 16.1 b) del TRLCSP.
3.2 Los licitadores y el contratista aceptan de forma expresa su sumisión a la legislación anteriormente citada, al presente pliego de condiciones particulares que, con su anexo, tendrán carácter contractual y serán, por tanto, de obligado cumplimiento.
3.3 El contrato no se encuentra sujeto a regulación armonizada, conforme a lo dispuesto en los artículos 13.2 del TRLCSP, en función del valor estimado del mismo que con arreglo a este pliego asciende a veinticuatro mil setecientos noventa y cinco euros con sesenta y ocho céntimos de euro/52 jornadas (24.795,68 euros/52 jornadas), IVA no incluido,
3.4 El orden jurisdiccional competente para las cuestiones litigiosas que pudieran surgir será el orden jurisdiccional civil.
Este pliego podrá, al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 del TRLCSP, someter a un arbitraje las controversias que puedan surgir.
4ª. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN Y TIPO DE OFERTA
4.1.-El presupuesto máximo de licitación es de veinticuatro mil setecientos noventa y cinco euros con sesenta y ocho céntimos de euro/52 jornadas (24.795,68 euros/52 jornadas), IVA no incluido,
4.2.-La oferta económica que presenten los licitadores no podrá ser nunca superior al presupuesto máximo de licitación debiendo indicar como partida independiente el importe del IVA o, en su caso, la justificación de la exención del IVA vigente de la actividad objeto de contratación.
5ª. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será desde el 26 de octubre de 2015 al 17 de junio de 2016.
6ª. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
6.1 Teniendo en cuenta la justificación señalada en la cláusula 1ª de este Pliego y sobre la base de lo dispuesto en las Instrucciones que rigen la adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada de SODEVA, la adjudicación del contrato se hará por procedimiento negociado sin publicidad.
6.2 En cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula 23.4 de las citadas Instrucciones, se solicitará oferta al menos a tres empresas capacitadas para la realización del trabajo.
7ª. CAPACIDAD
7.1. Podrán presentar proposiciones, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad para ello en los términos previstos en la cláusula 12 de las Instrucciones que rigen la adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada de SODEVA.
7.2. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propias.
7.3. Respecto de las empresas no comunitarias, comunitarias o uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 55, 58 y 59 del TRLCSP, tal y como preceptúa la base 12.6 de las Instrucciones.
7.4. Las empresas deben tener la acreditación de “Empresa de Turismo Activo”.
8ª. SOLVENCIA DE LOS EMPRESARIOS
8.1. Al contrato a que se refiere este Pliego le es de aplicación lo establecido en la cláusula 15 de las “Instrucciones que rigen la adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada de SODEVA”.
8.2. Sobre la base de lo dispuesto en el apartado anterior y teniendo en cuenta tanto la naturaleza como el importe del contrato, no se exige clasificación.
8.3. Los empresarios acreditarán su solvencia económica, financiera y técnica por cualquiera de los siguientes medios:
a) Solvencia económica y financiera:
Declaración apropiada de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Solvencia técnica:
-Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
No será precisa la presentación de certificados de buena ejecución cuando la experiencia que se acredite se refiera a contratos suscritos con esta Diputación Provincial.
-Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
9.-PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
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9.1. Las proposiciones se presentarán en el registro de SODEVA S.A., en el Edificio Hospital Viejo, Avda. Ramón y Cajal número 5, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, dentro del plazo que se señale a tal efecto, en el escrito de invitación a participar en la contratación.
9.2. Las ofertas deberán ir acompañadas de la documentación que se relaciona a continuación, debiendo presentarse los documentos originales, o bien copias legalizadas ante Notario, pudiendo presentarse también copias a cotejar con sus originales por SODEVA, salvo indicación expresa en contrario:
a) La que acredite la personalidad jurídica y capacidad del empresario:
- Si el ofertante es persona física, fotocopia compulsada del D.N.I (para españoles) o del Pasaporte, Autorización de Residencia y Permiso de Trabajo (para extranjeros).
- Si el ofertante es persona jurídica, escritura de constitución de la Sociedad o de modificación de sus estatutos, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable y, si no lo fuere, mediante documento en el que consten las normas por las que se regule su actividad, inscrito en el Registro Oficial correspondiente.
Esta documentación deberá presentarse obligatoriamente en documento original o copia legalizada ante Notario.
- Si el firmante de la proposición actúa en calidad de representante del licitador, deberá acompañarse fotocopia compulsada del D.N.I (para españoles) o del Pasaporte, Autorización de Residencia y Permiso de Trabajo (para extranjeros) y, además, poder bastante en derecho a su favor, que le habilite para concurrir en nombre del representado a la celebración del contrato. Este poder deberá ser previamente bastanteado por la Secretaría General de esta Diputación, trámite que al igual que la compulsa de documentos, en su caso, serán solicitados en dicha oficina con una antelación mínima de dos días hábiles anteriores al último día del plazo señalado para presentar la documentación.
- Las empresas no españolas presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano. En la acreditación de su capacidad para contratar y obligarse conforme a su legislación se tendrán en cuenta las siguientes peculiaridades:
Cuando se trate de empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o las certificaciones que se indican en el anexo I del Reglamento General.
Los demás empresarios extranjeros acreditarán su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar de domicilio de la empresa que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilado a las enumeradas en el art. 3 de la Ley de Contratos del Sector Público, en forma sustancialmente análoga.
Igualmente y de conformidad con lo previsto en el artículo 44.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, será necesario, además, que estas empresas tengan abierta sucursal en España con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
b) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, que se acreditará a través de los medios a que se refiere la cláusula 9 de este Pliego.
c) Declaración responsable, otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no estar incurso en prohibición para contratar con la Administración Pública de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
Esta declaración responsable comprenderá expresamente la circunstancia de que el empresario se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en los términos en que estas se definen en los artículos 13 y 14 del Reglamento General.
Se incorpora modelo de declaración como Anexo II de este Pliego.
d) Para las empresas extranjeras, una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
9.3. No obstante lo anterior, de conformidad con lo dispuesto los apartados 4 y 5 del artículo 146 del TRLCSP, en su redacción dada por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y a su internacionalización, los licitadores podrán sustituir la presentación de la documentación relacionada en el apartado 9.2.a por una Declaración responsable en la que se exprese que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con SODEVA, formulada estrictamente conforme al modelo que figura en el Anexo III de este Pliego.
En este caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en este pliego.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato a cualquiera de las empresas ofertantes.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
10ª. CRITERIOS DE ADJUDICACION
Las ofertas económicas y técnicas se valoraran teniendo en cuenta los criterios siguientes:
1. Oferta económica: Total 55 puntos
Se concederá un máximo de 55 puntos a la oferta más económica y las restantes se puntuaran sobre la base de la siguiente fórmula:
Oferta licitación - oferta a valorar
Puntos de la oferta a valorar = X 55
Oferta licitación- Oferta más baja
2. Proposición técnica: Total 45 puntos
- Memoria descriptiva, operativa y plan de trabajo: de 0 a 25 puntos
- Mejoras propuestas por el licitador: de 0 a 20 puntos
11º.- MESA DE EVALUACION
Para la evaluación de las distintas ofertas presentadas por las empresas licitadoras y la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación de SODEVA, se constituirá una mesa de evaluación, la cual estará conformada por las siguientes personas:
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